Acuerdo Bilateral para la repatriacion de bienes patrimoniales culturales Ecuador - Italia

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Fecha
2016
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Editor
Facultad de Diplomacia
Resumen
Considerando que el tráfico ilícito de bienes culturales pone en riesgo la riqueza cultural el tráfico ilícito de bienes culturales pone en riesgo la riqueza cultural de nuestro país y la dificultad para p históricamente valiosos, continúan siendo robados y hurtados de iglesias, museos y de otros arqueológicos. Este tipo de ilícitos conllevan a que fragmentos de nuestra memoria histórica se encuentren dispersos por el mundo, mayormente en el mercado europeo, donde se subastan en casas comerciales. La mala fe de las referidas transacciones c logra, se afronta otro obstáculo relacionado a la repatriación de estos bienes puesto que se deben iniciar largos, complejos y costosos procesos legales internacionales o negociaciones por la vía diplomática. El presente trabajo de investigación está enfocado en la repatriación de bienes culturales desde Italia. Para el efecto se revisará la problemática existente en los convenios internacionales suscritos por Ecuador, Convención de UNESCO de 1970, que no es de la repatriación a los países que sufren este expolio, debido que este tratado exige a los países que reclaman objetos patrimoniales que indiquen la fecha en la que los bienes salieron de sus territorios, demuestren la mala fe de quien los tenga y que los elementos reclamados estén inventariados; así como el Convenio de UNIDROIT sobre los bienes culturales robados o exportados ilícitamente, que data de 1995, este documento convencional reconoce que los bienes culturales deben de nuestro país y la dificultad para protegerlos adecuadamente, muchos bienes, cultural e históricamente valiosos, continúan siendo robados y hurtados de iglesias, museos y de otros arqueológicos. Este tipo de ilícitos conllevan a que fragmentos de nuestra memoria histórica se encuentren dispersos por el mundo, mayormente en el mercado europeo, donde se subastan en casas comerciales. La mala fe de las referidas transacciones comerciales es difícil de probar y cuando se lo logra, se afronta otro obstáculo relacionado a la repatriación de estos bienes puesto que se deben iniciar largos, complejos y costosos procesos legales internacionales o negociaciones por la vía El presente trabajo de investigación está enfocado en la repatriación de bienes culturales desde Italia. Para el efecto se revisará la problemática existente en los convenios internacionales suscritos por Ecuador, Convención de UNESCO de 1970, que no es de mayor utilidad para conseguir la repatriación a los países que sufren este expolio, debido que este tratado exige a los países que reclaman objetos patrimoniales que indiquen la fecha en la que los bienes salieron de sus territorios, de quien los tenga y que los elementos reclamados estén inventariados; así Convenio de UNIDROIT sobre los bienes culturales robados o exportados ilícitamente, que data de 1995, este documento convencional reconoce que los bienes culturales deben previamente registrados y que el poseedor de un bien cultural robado derecho a un pago por indemnización. los Bienes Patrimoniales Culturales, y el campo de es metodología a aplicar en este trabajo de investigación es cualitativa debido que se orienta a profundizar en la problemática sobre la normativa internacional para la repatriación de los bienes patrimoniales culturales. Para el efecto, la investigación se fundamentará en la observación y en el análisis de los tratados de la UNESCO (1970) UNIDROIT (1995) y PALERMO (2000). Para recolección de datos y tabulación de los resultados se utilizarán entrevistas a expertos en l realizando un análisis cronológico y una evaluación de los resultados obtenidos. La propuesta de solución planteada es la negociación de un acuerdo bilateral para la repatriación de bienes patrimoniales culturales ecuatorianos desde Italia. previamente registrados y que el poseedor de un bien cultural robado (tenedor de buena fe), tiene derecho a un pago por indemnización. El objeto de estudio del presente trabajo de investigación son los Bienes Patrimoniales Culturales, y el campo de estudio es el Derecho Internacional. La en este trabajo de investigación es cualitativa debido que se orienta a profundizar en la problemática sobre la normativa internacional para la repatriación de los bienes Para el efecto, la investigación se fundamentará en la observación y en el análisis de los tratados de la UNESCO (1970) UNIDROIT (1995) y PALERMO (2000). Para recolección de datos y tabulación de los resultados se utilizarán entrevistas a expertos en l realizando un análisis cronológico y una evaluación de los resultados obtenidos. La propuesta de solución planteada es la negociación de un acuerdo bilateral para la repatriación de bienes patrimoniales culturales ecuatorianos desde Italia. el tráfico ilícito de bienes culturales pone en riesgo la riqueza cultural , muchos bienes, cultural e históricamente valiosos, continúan siendo robados y hurtados de iglesias, museos y de otros sitios arqueológicos. Este tipo de ilícitos conllevan a que fragmentos de nuestra memoria histórica se encuentren dispersos por el mundo, mayormente en el mercado europeo, donde se subastan en casas omerciales es difícil de probar y cuando se lo logra, se afronta otro obstáculo relacionado a la repatriación de estos bienes puesto que se deben iniciar largos, complejos y costosos procesos legales internacionales o negociaciones por la vía El presente trabajo de investigación está enfocado en la repatriación de bienes culturales desde Italia. Para el efecto se revisará la problemática existente en los convenios internacionales mayor utilidad para conseguir la repatriación a los países que sufren este expolio, debido que este tratado exige a los países que reclaman objetos patrimoniales que indiquen la fecha en la que los bienes salieron de sus territorios, de quien los tenga y que los elementos reclamados estén inventariados; así Convenio de UNIDROIT sobre los bienes culturales robados o exportados ilícitamente, que data de 1995, este documento convencional reconoce que los bienes culturales deben estar (tenedor de buena fe), tiene El objeto de estudio del presente trabajo de investigación son tudio es el Derecho Internacional. La en este trabajo de investigación es cualitativa debido que se orienta a profundizar en la problemática sobre la normativa internacional para la repatriación de los bienes Para el efecto, la investigación se fundamentará en la observación y en el análisis de los tratados de la UNESCO (1970) UNIDROIT (1995) y PALERMO (2000). Para la recolección de datos y tabulación de los resultados se utilizarán entrevistas a expertos en la materia; realizando un análisis cronológico y una evaluación de los resultados obtenidos. La propuesta de solución planteada es la negociación de un acuerdo bilateral para la repatriación de bienes
Descripción
Palabras clave
Acuerdo Bilateral, Repatriacion, Bienes, Patrimoniales Culturales, Tratados Internacionales
Citación